jueves, 8 de octubre de 2015

MERCANCÍAS EN COMISIÓN.

ASPECTO LEGAL.

La comisión mercantil de acuerdo con el código de comercio, es el mandato o encargo aplicado a actos concretos de comercio, denominándose comitente a la persona que otorga o confiere la comisión, y comisionista a quien la desempeña

El MANDATO o encargo no es necesario que conste en escritura publica; es suficiente que figure por escrito en un documento otorgado por el comitente o de palabra, siempre que en este ultimo supuesto, se confirme por escrito antes de que el negocio concluya. 
Se puede referir a varios actos concretos de comercio como compra y venta por cuenta ajena.

Las MERCANCÍAS que recibe el comisionista para su venta no aumentan su activo, ya que no son de su propiedad, pues el comitente únicamente le ha conferido la facultad de negociar con dichas mercancías pero no su propiedad.

El COMISIONISTA puede desempeñar el mandato o encargo tratando en su propio nombre o en el de su comitente. Cuando contrate en nombre propio, tendrá acción y obligacion directamente con las personas con las que contrate, sin estar obligado a declarar quien es el comitente; no asi cuando contrate expresamente en nombre del comitente. Es libre para aceptar o rechazar el cargo del comitente; si se rehúsa, deberá dar aviso inmediato.

Si la MERCANCÍA ha sido remitida y el comisionista rehúsa el encargo, esta obligado a hacer los gastos que sean de indispensable necesidad, para conservarla en buen estado; por supuesto, el importe deberá ser pagado al comisionista por el comitente.

En aquellos mandatos cuyo cumplimiento exige PROVISIÓN DE FONDOS, el comisionista no esta obligado a ejecutarlos mientras el comitente no se la haga en cantidad suficiente, y también podrá suspenderlos cuando se haya ¨entregado¨ o terminado la provisión recibida.

El COMISIONISTA, en el desempeño de su encargo, se sujetara estrictamente a las instrucciones del comitente, y en ningún caso podrá proceder contra sus condiciones. No podrá, sin autorización, vender a crédito o recibir documentos por cobrar.

Por su acción en la VENTA DE MERCANCÍAS, el comisionista cobra al comitente una cuota denominada ¨Comisión¨, cuyo porcentaje, por lo regular, se calcula sobre el monto de las ventas.

Periódicamente (semanal,quincenal,mensual,etc.) o cuando el comisionista concluya el encargo, le rinda al comitente una cuenta completa y justificada del valor de las ventas, cobros efectuados, gastos, comisión cobrada e impuestos, y por supuesto, reembolsarle el saldo a su favor.

  • Las cuentas de orden de VALORES AJENOS, tratan de valores que no son propiedad del comisionista.
Para registrar Mercancías que se reciben del comitente, ventas y devoluciones; MERCANCÍAS EN COMISIÓN; y COMITENTE, CUENTA DE MERCANCÍAS.

Entradas y salida de efectivo que originen las operaciones: CAJA DEL COMITENTE; y COMITENTE, CUENTA DE CAJA.

Ventas a crédito, cobros efectuados sobre las ventas a crédito y devoluciones sobre venta que los clientes hacen al comisionista: CLIENTES DEL COMITENTE; y COMITENTE, CUENTA DE CLIENTE.

  


MERCANCÍAS EN COMISIÓN
1.       Del precio de costo de las mercancías recibidas del comitente para su venta.
2.       Del precio de costo de las mercancías devueltas por los clientes al comisionista
1.-   Del precio de costo de las mercancías vendidas por el comisionista
2.-   Del precio de costo de las mercancías devueltas por el COMISIONISTA al COMITENTE.
COMITENTE, CUENTA DE MERCANCÍAS
1.-   Del precio de costo de las mercancías vendidas por el comisionista
2.-   Del precio de costo de las mercancías devueltas por el COMISIONISTA al COMITENTE.
1.       Del precio de costo de las mercancías recibidas del comitente para su venta.
2.        Del precio de costo de las mercancías devueltas por los clientes al comisionista














SALDO: El saldo siempre debe ser numéricamente igual, pero de naturaleza contraria, representa el precio de costo de las mercancías en poder del comisionista, que son propiedad del comitente.


CAJA DEL COMITENTE
1.- De la provisión de fondos que recibe el comisionista del comitente.
2.- Del dinero en efectivo que recibe el comisionista por las ventas al contado.
3.- De los cobros que hace el comisionista sobre las ventas a crédito
1.- De los gastos que pague el comisionista por cuenta del comitente.
2.- De la cuota o comisión que el comisionista cobre al comitente.
3.- De las remesas en efectivo que el comisionista haga al comitente.
COMITENTE, CUENTA DE CAJA
1.- De los gastos que pague el comisionista por cuenta del comitente.
2.- De la cuota o comisión que el comisionista cobre al comitente.
3.- De las remesas en efectivo que el comisionista haga al comitente
1.- De la provisión de fondos que recibe el comisionista del comitente.
2.- Del dinero en efectivo que recibe el comisionista por las ventas al contado.
3.- De los cobros que hace el comisionista sobre las ventas a crédito







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